Cláusula de Vencimiento Anticipado.

La cláusula de vencimiento anticipada es una cláusula que aparece en la mayoría de los préstamos hipotecarios y da la facultad a las entidades financieras acreedoras para que, en caso de que se produzca un impago de cuota o de intereses del préstamo por parte del deudor hipotecario, el banco puede “declarar vencido el préstamo”, lo que significa que en lugar de pedirle al deudor el número de cuotas que están impagadas, la entidad puede resolver el contrato y reclamar la totalidad adeudado, y con ello, instará una ejecución hipotecaria judicial.

Esta cláusula se aplica cuando el titular incumple sus obligaciones con la entidad prestamista, cuando no puede o no quiere pagar la hipoteca y deja de abonar las cuotas del crédito. Aparece al final del contrato hipotecario y en ella se especifican cuáles son las condiciones que deben cumplirse para que el banco la pueda aplicar.

Según lo declarado por el Tribunal Supremo español, la cláusula de vencimiento anticipado es una cláusula abusiva, y puede ser una causa de oposición a la demanda de ejecución hipotecaria. Muchos han sido ya los jueces y tribunales españoles que han decretado la nulidad de esta cláusula en los procedimientos de ejecución y también en los procedimientos ordinarios.

¿Cuándo se aplica?

El criterio que había adoptado el derecho nacional, a instancias de la interpretación europea, es esperar al menos tres cuotas impagadas para poder declarar el vencimiento anticipado, valorando siempre las circunstancias subjetivas de contrato de préstamo. Y en caso de que así no fuere, se podría solicitar la declaración de nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado.

La aplicación de la cláusula de vencimiento anticipado se aplica por parte de la entidad financiera cuando existe un impago de cuotas e intereses del contrato de préstamo hipotecario, por parte del deudor. Hasta ahora, las entidades, como hemos dicho, podían instar el vencimiento incluso con el impago de una cuota.

El vencimiento anticipado es uno de los puntos que se regulan en la ley hipotecaria, que está en vigor desde el 16 de junio de 2019. Los bancos deben dar 30 días de margen a los hipotecados para que éstos puedan pagar las mensualidades pendientes. Asimismo, las entidades pueden aplicar un interés de demora máximo de tres puntos por encima del remuneratorio de la hipoteca.

¿Por qué se sentenció que era abusiva en muchas hipotecas?

Antes de 2019, no existía ninguna ley específica que regulara esta cláusula. Por lo tanto, muchos bancos embargaban la vivienda hipotecada si se dejaba de pagar una sola cuota.

Hubo hipotecados que llevaron a su banco ante los tribunales. Y diversos jueces españoles declararon abusiva esta cláusula, aunque la normativa española todavía amparaba las prácticas de la banca

En un procedimiento de ejecución hipotecaria, la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado puede suponer el sobreseimiento del proceso, siempre que se den los requisitos mínimos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Además, se deberá analizar y valorar, en cada caso concreto, que el ejercicio de este vencimiento anticipado por parte del banco se ha ejercitado de manera correcta, es decir si ha estado justificado en función de los criterios ya establecidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.